Hablamos de Compra Pública Responsable (en adelante, CPR) cuando organismos del sector público incorporan en sus consumos y procedimientos de contratación criterios que, además de valorar el precio o requisitos técnicos, van más allá, orientándolos al respeto por el medio ambiente, la promoción sociolaboral, la igualdad de oportunidades, la garantía de condiciones laborales dignas y el comercio justo.

El fin de la CPR es encaminar los contratos públicos a las políticas comunitarias y la agenda mundial para el desarrollo sostenible, en materia medioambiental, social, laboral y de fomento de las pymes, convirtiendo al sector público en un verdadero agente de cambio, cuyas decisiones conlleven un impacto positivo en la comunidad.

Por tanto, la Compra Pública Responsable tiene una triple dimensión: ambiental, social y ética.

Fuente: elaboración propia

¿Por qué es importante insertar criterios éticos en las compras de la Administración?

Porque el sector público es el mayor cliente en todos los países de la UE. Las compras públicas representan de media un 18% del PIB. Por tanto, los cambios en los criterios de compra o selección de proveedores generan un fuerte impacto y se convierten en herramientas eficaces para lograr cambios en el sector empresarial y, a través de él, en la sociedad civil.

Tanto la normativa comunitaria de la UE como la Ley de Contratos del Sector Público 9/2017 y el RDL 3/2020 en España, imponen una utilización estratégica e íntegra de la contratación pública, buscando la coherencia en las políticas públicas para alcanzar los objetivos marcados en materia social y medioambiental, así como de innovación y de fomento de las pymes. Se trata, por tanto, de invertir mejor el dinero público, en productos, servicios y empresas que impliquen un beneficio al conjunto de la sociedad.

¿A qué nos referimos cuando hablamos de criterios éticos?

Entendemos por criterios éticos todas aquellas medidas orientadas a garantizar que el producto que vamos a adquirir [DC1] cumpla con una serie de estándares en su obtención, fabricación y suministro.

Por tanto, los criterios éticos hacen referencia a cuestiones como:

  • Que los productos o empresas proveedoras garanticen condiciones laborales dignas en toda la cadena de producción y suministro del bien o del desempeño del servicio.
  • Que se garantice el pago de un precio justo que cubra el coste de producción y permita unas condiciones de trabajo y de vida aceptables para quienes producen los bienes.
  • Que exista transparencia en cuanto al origen geográfico de los productos y a lo largo de la cadena de suministro.
  • Que se respeten los Convenios Fundamentales de la OIT en toda la cadena de producción y suministro.
  • Que se apoyen las iniciativas de Comercio Justo.

La forma más sencilla de fijar criterios éticos en las compras públicas es incorporar productos de Comercio Justo ya que éstos garantizan el respeto a todos los estándares al más alto nivel y, por tanto, estaremos optando por una compra ética y, por tanto, responsable.

Introducir estas compras éticas de comercio justo en los productos es muy fácil en muchos productos en los que existe una amplia oferta, con una relación calidad-precio competitiva (por ejemplo, en alimentos para consumo en oficinas, máquinas vending, cafeterías o comedores escolares como el café, té, cacao, galletas… O incluso en artículos de merchandising y protocolo como bolsas, camisetas, cuadernos, bolígrafos, botellas reutilizables, balones, etc.).

En otros casos, la alternativa de Comercio Justo es más difícil de encontrar (por ejemplo, en la compra de equipos informáticos, aparatos de aire acondicionado, uniformes de trabajo, productos de limpieza, etc.) En estas ocasiones, nuestro objetivo debe ser que las empresas fabricantes y proveedoras garanticen que en la elaboración de dichos productos se han respetado unas condiciones laborales dignas.