
La Compra Pública Ética (en adelante, CPE) hace referencia a los contratos públicos que introducen criterios éticos relativos al cumplimiento de convenciones internacionales y estándares sobre condiciones laborales dignas, salarios mínimos, derechos de los trabajadores, lucha contra el trabajo infantil, dando preferencia en sus compras a aquellos proveedores y productos que apuestan por criterios o estándares más exigentes, como son los estándares de Comercio Justo.
IDEAS desde sus inicios ha colaborado con las Administraciones Públicas en el desarrollo de campañas de sensibilización y proyectos de asistencias técnica a productores del Sur. Ahora a través de la Compra Pública Ética, IDEAS pone al servicio de los poderes públicos un nuevo instrumento para ayudarles a convertirse en agentes de desarrollo.
Qué es el Comercio Justo
“El Comercio Justo es una asociación de comercio, que busca una mayor equidad en el comercio internacional. Contribuye a un desarrollo sostenible ofreciendo mejores condiciones comerciales y asegurando los derechos de los productores y trabajadores marginados, especialmente en el Sur. Las organizaciones de Comercio Justo, apoyadas por los consumidores, están implicadas activamente en apoyar a los productores, sensibilizar y desarrollar campañas para conseguir cambios en las reglas y prácticas del comercio internacional convencional”. Fuente: FINE*.

El Parlamento Europeo en su reciente resolución sobre Comercio Justo y Desarrollo (A6-0207/2006) define el Comercio Justo como el cumplimiento de los siguientes criterios:
Art. 2: “Considera que, para eliminar el riesgo de abusos, el comercio justo debe cumplir una serie de criterios definidos por el movimiento por el comercio justo en Europa de la siguiente manera:
Un precio justo al productor, que garantice unos ingresos justos y que permita cubrir unos costes sostenibles de producción y los costes de subsistencia; este precio debe igualar, por lo menos, al precio y la prima mínimos definidos por las asociaciones internacionales de comercio justo, parte del pago se debe efectuar por adelantado, si el productor así lo solicita, una relación estable y a largo plazo con los productores, así como la intervención de éstos en el establecimiento de normas de comercio justo, transparencia y rastreabilidad en toda la cadena de abastecimiento, a fin de garantizar una información adecuada al consumidor, unas condiciones de producción que respeten los ocho convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el respeto del medio ambiente, la protección de los derechos humanos, en particular de los derechos de las mujeres y los niños, así como el respeto de los métodos de producción tradicionales que favorezcan el desarrollo económico y social, programas de desarrollo de capacidades y capacitación para los productores, en especial para los pequeños productores marginales de los países en desarrollo, para sus organizaciones y para sus respectivas comunidades, a fin de garantizar la sostenibilidad del comercio justo, el respaldo a la producción y la entrada el mercado de las organizaciones de productores, actividades de sensibilización sobre la producción y las relaciones comerciales en el marco del comercio justo, su misión y sus objetivos, y sobre la injusticia reinante en las normas del comercio internacional, el seguimiento y la verificación del cumplimiento de estos criterios, en cuyo marco debe corresponder un importante papel a las organizaciones del hemisferio sur, con miras a una reducción de costes y una mayor participación de las mismas en el proceso de certificación”
- Texto completo de la Resolución A6 – 0207/2006.
- Carta de Principios del Comercio Justo consensuada por el movimiento de Comercio Justo.
Estudios de Impactos de Comercio Justo
Karen Ellis y Jodie Keane: Review of ethical standards and labels: is there a gap in the market for a new “Good for Development” label? (2008). [EN]
Leonardo Becchetti y Juana Paola Bustamante: In solidarity catering in Roma. Public Procurement and Impact of Fair and in solidarity Trade (2008). [IT]
Marco conceptual
La Compra Pública Responsable y su dimensión ambiental, social y ética.
Cuando las administraciones públicas (AAPP) incorporan en sus consumos y procedimientos de contratación criterios que van más allá de la calidad y precio como es el menor impacto ambiental, el fomento de la equidad social o la garantía de condiciones laborales dignas, decimos que han iniciado un proceso de Compra Pública Responsable o Sostenible.
Al igual que el concepto de desarrollo sostenible se basa en tres pilares (crecimiento económico, desarrollo social y protección medioambiental), la Compra Pública Responsable o Sostenible integra 3 dimensiones principales:
Compra verde
Hace referencia a la minimización de impactos ambientales a través de la reducción de la producción de residuos, reducción del consumo de recursos, utilización de alternativas realizadas con productos monomateriales o reciclados o que provengan de recursos renovables gestionados de forma sostenible.
Compra social
Fomento de la inserción sociolaboral de personas en riesgo de exclusión, fomento de la calidad y estabilidad en el empleo y cumplimiento de la legislación relativa a no discriminación, igualdad de oportunidades, accesibilidad y prevención de riesgos laborales. Apoyo a la economía social.
Compra ética
Garantía de condiciones laborales dignas en toda la cadena de producción y suministro, especialmente en los casos de subcontratación y deslocalización en países en vías de desarrollo. Apoyo a las alternativas de Comercio Justo.
La Compra Ética es un tipo de Compra Social centrada en los impactos provocados por la contratación de productos y servicios en países (generalmente del Sur) donde existe mayor riesgo de vulneración de derechos laborales. El objetivo es asegurar la trazabilidad social de los productos consumidos por la administración y una mayor coherencia entre las políticas de la administración y sus hábitos de consumo.
Más información: Compra Verde // Compra Social
Criterios técnicos
Importancia cuantitativa: Las compras públicas representan un 18% del PIB de la UE. Cualquier cambio en los criterios de compra o selección de proveedores implica un fuerte impacto en volúmenes de compra y consecuentemente es una herramienta eficaz para lograr cambios en el sector empresarial.
- Valor de la administración como referente : las Administraciones Públicas influyen de forma decisiva en la industria y la sociedad civil. La apuesta por un consumo más responsable puede animar a que las empresas adopten un mayor compromiso por la responsabilidad social y a los ciudadanos y ciudadanas a incorporar comportamientos más sostenibles en su vida diaria.
- Búsqueda de una mayor coherencia : la CPE implica un esfuerzo de coherencia en las políticas públicas para alcanzar los objetivos y compromisos adquiridos en materia social.
¿A qué nos referimos cuando hablamos de criterios éticos?
Los criterios sociales y éticos hacen referencia a las siguientes cuestiones:
- Productos/proveedores que garanticen condiciones laborales dignas en toda la cadena de suministro y desempeño del servicio.
- Respeto a los Convenios Fundamentales de la OIT .
- Productos/proveedores que garanticen el pago de un precio justo que cubra el coste de producción y permita unas condiciones de trabajo y de vida aceptables para los productores.
- Transparencia en cuanto al origen geográfico de los productos y a lo largo de la cadena de suministro.
- Apoyo a las iniciativas de Comercio Justo.
Buscamos incorporar alternativas de Comercio Justo en aquellos productos y servicios en los que existe oferta suficiente por parte de las organizaciones de Comercio Justo y una relación calidad-precio competitiva (ej. suministros de alimentos para consumo en oficinas, vending, cafeterías, comedores escolares o artículos de merchandising como camisetas, bolsas, gorras, cestas, balones y regalos de protocolo). En otros casos donde no existe alternativa de Comercio Justo (por ej. compra de ordenadores, aparatos de aire acondicionado, uniformes de trabajo, productos de limpieza, etc.) nuestro objetivo es que las empresas fabricantes y proveedoras garanticen que en la elaboración de dichos productos o desempeño del servicio se han cumplido unas condiciones laborales dignas.
Convenciones de la OIT
La Organización Internacional del Trabajo establece unas normas y convenciones que son ratificadas de manera voluntaria por los Estados miembros. Una vez que un Estado las ha ratificado tiene la obligación de aplicarlas a nivel nacional y de aceptar la supervisión de su cumplimiento.
Las Convenciones básicas relativas a derechos labores son:
- Convención nº29 y 105, relativas a la supresión del trabajo forzado u obligatorio en todas sus formas.
- Convención nº87, que establece el derecho de todos los trabajadores y empleadores de formar y unirse a organizaciones de su propia elección sin autorización previa.
- Convención nº98, acerca del derecho a organizarse y promover la negociación colectiva.
- Convención nº100, que exige la equidad en cuanto a salario y beneficios para hombres y mujeres en trabajo de igual valor.
- Convención nº111, relativa a políticas nacionales para eliminar la discriminación en acceso a empleo, formación y condiciones laborales por razones de raza, color, sexo, religión, opinión política, extracción nacional u origen social y para promover igualdad de oportunidades y tratamiento.
- Convención nº138, que busca la abolición del trabajo infantil estableciendo que la edad mínima para admisión al empleo no debe ser menor que la edad de finalización de la escolarización obligatoria.
- Convención°182, que aborda las denominadas peores formas de trabajo infantil e insta a los Estados a tomar medidas inmediatas y eficaces para conseguir la prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil con carácter de urgencia.
- Convención nº26 y 131, relativas al pago de un salario que cubra el coste de vida.
- Convención nº1, que establece las horas de trabajo.
- Convención nº155, acerca del derecho de salud y seguridad en el trabajo.
Se puede acceder a las Convenciones de la OIT pinchando este enlace.
Certificaciones y acreditaciones Sociales
FLO – Fair Labelling Organisation
Empresas tradicionales y organizaciones que compren a productores registrados por FLO y cumplan los criterios específicos para cada tipo de producto, pueden aplicar el sello a los productos importados y distribuidos bajo este sistema de certificación.
www.fairtrade.net
JO-IN – Iniciativa Común de Responsabilidad Corporativa y Derecho de los Trabajadores
www.jo-in.org
SA8000 – Norma de responsabilidad social para el lugar de trabajo
La etiqueta SAI-SA8000 no se usa en los productos pero sí pueden usarla las explotaciones certificadas y los miembros signatarios (compañías que se comprometen a adoptar las normas SA8000 en sus explotaciones y sus proveedores).
www.sa-intl.org
Certificación FLP (Flower Label Program)
www.fairflowers.de
ETI – Iniciativa del Comercio Ético
Las compañías involucradas en ETI llevan a cabo programas de evaluación interna de los negocios pero no hay un sistema de certificación ni se usan etiquetas.
www.ethicaltrade.org
ISEAL- Alianza de Etiquetado para la Acreditación Social y Ambiental Internacional
www.isealalliance.org
Certificación Rugmark
www.rugmark.org
SGE 21 – Forética
Forética es una asociación sin ánimo de lucro cuyo objetivo es fomentar la cultura de la gestión ética y socialmente responsable en las organizaciones. Ha elaborado un código de conducta tipo y la Norma de Empresa SGE 21 como marco de actuación, que ha sido reconocida como un referente europeo.
www.sge21.foretica.es
Acreditaciones
Marca WFTO (Marca de Organización de Comercio Justo)
www.ifat.org
Códigos de Conducta de la Campaña Ropa Limpia (CRL)
www.cleanclothes.org
FAO [Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación]. 2004. Las normas sociales y ambientales, la certificación y el etiquetado de cultivos comerciales. FAO [Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación]. 2004. Las normas sociales y ambientales, la certificación y el etiquetado de cultivos comerciales.