La revisión del periodo 2022-2024 analiza los avances y retos de la compra pública ética en las Ciudades por el Comercio Justo

La última revisión del primer criterio del modelo de Ciudad por el Comercio Justo, correspondiente al trienio 2022-2024, permitió conocer cómo ha progresado el compromiso de las localidades con una contratación pública coherente con las políticas de cooperación internacional para el desarrollo y el Comercio Justo, es decir, con la compra pública ética.

La campaña, iniciada en 2006, ha movilizado a los agentes locales, como ONGD, asociaciones y tiendas de Comercio Justo, para reclamar, especialmente a ayuntamientos y universidades, que incorporen criterios éticos de Comercio Justo en sus compras y contratos. Básicamente, el objetivo ha sido siempre que el Comercio Justo estuviera presente en el día a día de la actividad y los servicios públicos, facilitando que la ciudadanía pudiera acceder a sus productos y que las propias instituciones fueran un ejemplo de consumo responsable. Cafeterías y cantinas municipales y universitarias, servicios de catering en eventos o máquinas expendedoras han sido algunos de los escenarios en los que se han materializado estas experiencias.

En función de su población, las Ciudades por el Comercio Justo deben acreditar un número mínimo de contratos o concesiones que hayan requerido la publicación de un pliego de licitación que contemple, al menos, un criterio de Comercio Justo durante el periodo de referencia. Cuanta más población tenga una localidad, mayor será el número de contrataciones públicas que deberá acreditar.

Desde la aprobación de la actual Ley de Contratos del Sector Público, en 2017, la compra pública ética no ha sido solo una posibilidad, sino también un mandato. Esta normativa tiene por objeto aplicar criterios sociales y ambientales en toda la contratación pública. En este contexto, las Ciudades por el Comercio Justo han contribuido a demostrar que era posible aplicar criterios éticos de Comercio Justo en los contratos de sus ayuntamientos, universidades y diputaciones provinciales. Pero ¿qué nos dice esta última revisión del programa? ¿Ha progresado la compra pública ética gracias a la ley y a la incidencia política realizada ante las entidades públicas locales?

A la luz de esta revisión, la respuesta es agridulce. Aunque la práctica totalidad de las ciudades adheridas a la campaña ha mantenido su compromiso con la compra pública ética, la mayoría ha aplicado criterios de Comercio Justo con poco impacto y, en ocasiones, con poca o nula eficacia. El aspecto positivo es que el Comercio Justo sigue estando presente en la contratación pública de los municipios. Esto no es baladí. El Comercio Justo ha permeado unas formas de entender la contratación pública que, en ocasiones, se han mostrado escépticas e inflexibles. No ha sido fácil que los criterios sociales y ambientales tengan cabida en estos procesos, tradicionalmente más centrados en las garantías jurídicas y legales que en aprovechar su impacto positivo sobre la sociedad. Ha sido una reivindicación de años que, finalmente, fue respaldada por la jurisprudencia y, posteriormente, incluida en la legislación.

En todo caso, la aplicación de los criterios ha sido irregular durante todo el recorrido de la campaña. Esta evaluación refleja una falta de impulso y liderazgo por parte de los ayuntamientos. Una gran parte de ellos ha acreditado únicamente haber valorado de forma positiva que las entidades licitadoras incluyeran productos de Comercio Justo en sus ofertas, con puntuaciones que no han superado los 6 puntos sobre 100. Esto resta eficacia a los criterios de Comercio Justo, ya que la entidad adjudicataria no tiene por qué ser necesariamente la que haya ofrecido o se haya comprometido a utilizar este tipo de productos.

Otra cláusula ética poco eficaz consiste en aplicar como criterio de desempate que la entidad adjudicataria esté acreditada como Organización de Comercio Justo. Es poco probable que se produzca un empate y aún menos que una de las organizaciones que haya presentado una oferta y se encuentre en esa situación sea una entidad de Comercio Justo. Como se ha mencionado, el impacto que pretende conseguir la campaña es promover el consumo responsable entre la ciudadanía y garantizar unas condiciones de vida y trabajo dignas para las comunidades productoras del Sur Global. Este objetivo solo puede alcanzarse mediante criterios que exijan el uso de productos de Comercio Justo en los contratos públicos, como café, azúcar, té o cacao, entre otros.

Algunas ciudades han justificado la adjudicación de contratos en los que el uso de productos de Comercio Justo era obligatorio, al aplicarlo como condición especial de ejecución. Con ello, los ayuntamientos, las universidades y otras entidades públicas no solo garantizan el impacto del criterio, sino también su eficacia. Entre las experiencias destacadas se encuentran:

  • El uso obligatorio de café 100 % de Comercio Justo en las máquinas de vending de la Universidad de Córdoba.
  • El uso de café de Comercio Justo en el servicio de comedores colectivos y cafeterías del Ayuntamiento de Zaragoza.
  • La coordinación impulsada en Castellón de la Plana para aplicar criterios de Comercio Justo entre diferentes entidades públicas con actividad en el municipio, como el ayuntamiento, la diputación, la Universitat Jaume I y la Generalitat Valenciana.

En conclusión, es necesario seguir impulsando la compra pública ética, especialmente en un contexto internacional marcado por la degradación ambiental y el aumento de la desigualdad social.

El principal reto de la campaña debe ser conseguir que el Comercio Justo esté presente en todos los contratos públicos en los que sea posible incorporarlo.

Las cantinas, comedores y cafeterías ubicadas en centros públicos, municipales o universitarios deberían ofrecer productos de Comercio Justo como café, cacao instantáneo, chocolate, azúcar o té. Se debería garantizar que, al menos, uno de estos productos fuera de Comercio Justo. Siempre que sea posible, la oferta debería priorizar estos productos, en lugar de presentarlos únicamente como una alternativa o un complemento. Este reto también es aplicable a las máquinas expendedoras y a los servicios de suministro de alimentos, donde debería existir siempre una gama de productos de Comercio Justo.

Asimismo, como línea de innovación, se echa en falta una mayor apuesta por el textil de Comercio Justo. Parte de las prendas que componen los uniformes de trabajo del personal de distintos servicios municipales, como jardinería, transporte urbano o extinción de incendios, podrían incorporar productos de Comercio Justo. Por ejemplo, podrían adquirirse camisetas de algodón de Comercio Justo como parte de estos uniformes. No es difícil: solo hace falta voluntad política para apostar de forma decidida por el Comercio Justo.

Por último, también deberían mejorarse los sistemas de seguimiento de la ejecución de los criterios de Comercio Justo. Es necesario aplicar medidas y herramientas que permitan a los órganos responsables de la ejecución de los contratos controlar que estos criterios se cumplen realmente. Esto implica comprobar, por ejemplo, que el café que se dispensa es de Comercio Justo o que una camiseta de algodón suministrada como parte de un uniforme de trabajo cuenta con la correspondiente certificación de Comercio Justo.

Sin lugar a dudas, es el momento de apostar por una compra pública ética que contribuya a construir unas relaciones comerciales internacionales basadas en el respeto de los derechos humanos y laborales de las comunidades productoras y trabajadoras del Sur Global. La solidaridad global es el camino.

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